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Foro de Bull Terrier

MULTA X NO LLEVAR BOZAL

Página: 2 de 4
Moderadores: Damzel, sandrarf
Usuario Titulo: MULTA X NO LLEVAR BOZAL

xiliona

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Publicado: Thursday 21 de June de 2012, 15:54
Recurre. El Bull Terrier no es PPP en Barcelona.
Hay que informarse como moderador:Así pues la lista de las 8 razas consideradas potencialmente peligrosas, en el estado Español, es la siguiente: American Pit Bull Terrier  Staffordshire Bull Terrier  American Staffordshire Terrier  Rottweiler  Dogo Argentino  Fila Brasileiro  Tosa Inu  Akita InuCataluña:Aparte de estas 8 razas clasificadas por el estado , cada comunidad puede incluir las razas que ellos consideran necesarios, por lo que cada comunidad autónoma puede tener un listado diferente. En el caso de nuestra comunidad autónoma; Cataluña, se aplica la Ley 10/1999, de 30 de julio quedando incluidas en su lista estas 6 razas.Bullmastiff Doberman  Dogo de Burdeos  Mastín napolitano Presa Canario Bull terrier
¿Podrías pasarme la fuente?
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Kachinvo

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Kachinvo
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Provincia: A Coruña
Publicado: Thursday 21 de June de 2012, 16:02
Recurre. El Bull Terrier no es PPP en Barcelona.
Hay que informarse como moderador:Así pues la lista de las 8 razas consideradas potencialmente peligrosas, en el estado Español, es la siguiente: American Pit Bull Terrier  Staffordshire Bull Terrier  American Staffordshire Terrier  Rottweiler  Dogo Argentino  Fila Brasileiro  Tosa Inu  Akita InuCataluña:Aparte de estas 8 razas clasificadas por el estado , cada comunidad puede incluir las razas que ellos consideran necesarios, por lo que cada comunidad autónoma puede tener un listado diferente. En el caso de nuestra comunidad autónoma; Cataluña, se aplica la Ley 10/1999, de 30 de julio quedando incluidas en su lista estas 6 razas.Bullmastiff Doberman  Dogo de Burdeos  Mastín napolitano Presa Canario Bull terrier
¿Podrías pasarme la fuente?
La fuente es el BOE, como bien indica en el comentario. Hay que acostumbrarse a acudir al BOE cuando se habla temas legales, jejehttp://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-18004http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd287-2002.html#anexo2
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DarkoONela

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Publicado: Saturday 23 de June de 2012, 00:13
Cada localidad tiene las suyas x ejemplo aki en Terrassa no esta catalogado como perro peligroso estoy informada de ello ya que tengo dos Bull Terrier
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xiliona

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Publicado: Saturday 23 de June de 2012, 00:25
Vale,me apunto lo del BOE.Acabo de entrar en la Generalitat,y en la Ley 10/1999, de 30 de Julio...bla bla bla,sigue sin aparecer el Bull Terrier  También en el link del BOE y no lo veo xD Debo ser cegata.Hace ya tiempo,en un post sobre un AmStaff marcado por una Bull,se debatió punto por punto si era ppp usando el anexo 2. No sé si alguien de ese entonces lo recordará,pero no estaría mal tener el link para volver a verlo.
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trikitriki

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Publicado: Wednesday 06 de March de 2013, 02:39
Buenas compañeros q sepais q tngo q sakarle a mi staffy el fokin seguro asi como mi correspondiente licencia para poder sacarlo.....y si es todo un sacadinero...y de tanto mirar acab viendo una pagina de foro de policias polis q no sabian q acr y la conclusion q sacaban era q aunq el perro no sea ppp si lo veian conveniente bien por q se vea agresivo o q pueda causar daños a otros perros personas o desperfectos .....bla bla bla....la historia es q la ley la han dejado tan a juicio del denunciante q te puedn multar hasta un yorki, mas majos, siento no poneros la pagina por q realmente era digno de leer, y tambien ponia q previo pago se podia hacer un psichotecnico al perro con el cual (de pasarlo)no tenia q llevar el bozal, el cual expiraba en un año.
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gerardebull

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Publicado: Thursday 07 de March de 2013, 16:08
hola a todxs!!por lo que se..en catalunya no esta en la lista de ppp...al menos en el primmer punto,pero en el segundo punto...dice que todos los perros que pesen mas de 20 o 25 kilos (ahora no recuerdo)que sean de constitucion fuerte,de pelo corto..etc...mas tarde os paso el link de la pagina....saludos!
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Publicado: Thursday 07 de March de 2013, 16:28
esto de que cada localidad marque como ppp la raza que les venga en gana..yo hace tiempo que tengo una duda sobre esto,en la ley estatal hay 8 razas ppp ni una mas ni una menos,si en mi comunidad ponen alguna mas como el Bull Terrier  tendria derecho a acojerme a la ley estatal en vez de a la de mi localidad? aver si hay alguien que pueda contestarme  
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Vitro

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Publicado: Tuesday 09 de July de 2013, 14:52
Pues si amigo...las cosas ahora son asi.Solo queda resignarse y enseña a tu bullterrier a andar con bozal. A mi tambien me paso algo parecido...solo que a mi me pusieron un apercivimiento...el caso es que me dijeron que si reincidia me multaban y nada de 300 pavos...la multa seria de 600 a 2000... A si que,enseña a tu bull a ir con bozal...te costara un poco ya que son cabezones que te cagas...pero te saldra mas barato¡¡¡ Yo estoy en lucha con la policia aqui en mi barrio por este tema....un saludo y animo¡¡¡De hecho aqui en madrid...y vivo en la periferia..".Dependiendo del policia" te piden todos los papeles...de hecho aqui en madrid si es PPP...y tuve hace un año que sacarme la licencia...Es una pena ya que mi perra, es muy sumisa y le encanta la gente...Pero supongo que tenemos que pagar justos por pecadores¡¡¡



Hola buenas  yo te aconsejaria que recurrieses la multa, y dependiendo de en donde vivas  el perro puede ser ppp o no.
Yo por ejemplo estube hablando con los del seprona("Departamento de animales de la guardia civil") y me dijeron que  segun el ayuntamiento tienen una normativa u otra...  en la comunidad de madrid y en rivas(donde yo vivo) se rigen por la normativa nacional.
Que dice que el Bull Terrier no esta englobado en las 7- 9 razas ppp pero  que si podria entrar por el anexo 2  en ppp.

El señor guardia me dijo que el anexo 2 ya no engloba la especie.. sino que es el propio especimen y si ha tenido algun caso de  peligro o de tirarse a alguien o no.

Por ejemplo el caso de mi vecino que tiene un labrador y  para la comunidad de madrid el perro es peligroso por haber dado un caso ya de ataque.

Si te vuelven a decir que  te van a multar pergunta en que base y si es en base al anexo 2 diles que  no pueden pueden multar en base a una  raza cuando el anexo es por especimen.

un saludo y espero haberte ayudado algo.
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Publicado: Tuesday 09 de July de 2013, 14:54
esto de que cada localidad marque como ppp la raza que les venga en gana..yo hace tiempo que tengo una duda sobre esto,en la ley estatal hay 8 razas ppp ni una mas ni una menos,si en mi comunidad ponen alguna mas como el Bull Terrier  tendria derecho a acojerme a la ley estatal en vez de a la de mi localidad? aver si hay alguien que pueda contestarme  


lo siento pero segun la ley prevalece la de la localidad dond e tu vivas. ya que la estatal y la nacional es para salvaguardar a las localidades  que o no tienen ayuntamientos propios o no tienen normativa especial para ellos.
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Publicado: Wednesday 10 de July de 2013, 14:50
La multa es recurrible y es fácil que ganes, ya ha habido sentencias en ese sentido.

Por ejemplo, hay una sentencia en Pamplona, que incluyó al Dobermann y al Bull Terrier en sus listas y multó al propietario de un Dobermann por llevarlo sin bozal. El hombre recurrió y ganó, además de que el Juzgado obligó al Ayuntamiento a retirar estas dos razas de su lista.

Según esta sentencia "una ley de rango inferior (autonómica, municipal,...) no puede prebalecer ante una de rango superior (estatal)", y en cuanto al Anexo 2, la misma sentencia dice que si el legislador hubiera querido incluir el Dobermann en la lista de ppp lo habría incluido en el Anexo 1 por ser ésta una raza concreta, definida y diferenciable (de lo cual se deduce que el Anexo 2 es para perros cruzados o cuya raza no pueda ser demostrada, para esto el pedigree viene muy bien).

Si quieres te busco la sentencia por ahí. La noticia es esta:

http://www.diariodenavarra.es/20080131/pamplona/el-doberman-deja-ser-perro-potencialmente-peligroso-pamplona.html?not=2008013103045865&dia=20080131&seccion=pamplona&seccion2=pamplona

Saludos
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Publicado: Wednesday 10 de July de 2013, 14:52
esto de que cada localidad marque como ppp la raza que les venga en gana..yo hace tiempo que tengo una duda sobre esto,en la ley estatal hay 8 razas ppp ni una mas ni una menos,si en mi comunidad ponen alguna mas como el Bull Terrier  tendria derecho a acojerme a la ley estatal en vez de a la de mi localidad? aver si hay alguien que pueda contestarme  


lo siento pero segun la ley prevalece la de la localidad dond e tu vivas. ya que la estatal y la nacional es para salvaguardar a las localidades  que o no tienen ayuntamientos propios o no tienen normativa especial para ellos.


Incierto, en este sentido, autonomías y municipios no tienen capacidad de legislar sobre un tema que esté ya regulado a nivel estatal. Una ley de rango inferior jamás podrá superponerse a una ley de rango superior (la estatal), por tanto, no tienen competencia, no pueden ampliar la lista del Anexo 1.

Saludos
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Publicado: Wednesday 10 de July de 2013, 15:06
esto de que cada localidad marque como ppp la raza que les venga en gana..yo hace tiempo que tengo una duda sobre esto,en la ley estatal hay 8 razas ppp ni una mas ni una menos,si en mi comunidad ponen alguna mas como el Bull Terrier  tendria derecho a acojerme a la ley estatal en vez de a la de mi localidad? aver si hay alguien que pueda contestarme  


lo siento pero segun la ley prevalece la de la localidad dond e tu vivas. ya que la estatal y la nacional es para salvaguardar a las localidades  que o no tienen ayuntamientos propios o no tienen normativa especial para ellos.


Incierto, en este sentido, autonomías y municipios no tienen capacidad de legislar sobre un tema que esté ya regulado a nivel estatal. Una ley de rango inferior jamás podrá superponerse a una ley de rango superior (la estatal), por tanto, no tienen competencia, no pueden ampliar la lista del Anexo 1.

Saludos


Por lo que tengo entendido, la ley municipal no puede contradecir la estatal, pero sí que puede modificarla (como es el caso de añadir razas a la lista). Por tanto, deduzco que la ley municipal siempre prevalece ya que es mucho más concreta. Si no prevaleciera, nadie llevaría a su perro con bozal excepto en las 8 razas estatales, y no es así. Si por ejemplo llevas un bull terrier sin bozal por Castellón, te pueden multar. Si no, qué sentido tiene la municipal?
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Publicado: Thursday 11 de July de 2013, 10:07
esto de que cada localidad marque como ppp la raza que les venga en gana..yo hace tiempo que tengo una duda sobre esto,en la ley estatal hay 8 razas ppp ni una mas ni una menos,si en mi comunidad ponen alguna mas como el Bull Terrier  tendria derecho a acojerme a la ley estatal en vez de a la de mi localidad? aver si hay alguien que pueda contestarme  


lo siento pero segun la ley prevalece la de la localidad dond e tu vivas. ya que la estatal y la nacional es para salvaguardar a las localidades  que o no tienen ayuntamientos propios o no tienen normativa especial para ellos.


Incierto, en este sentido, autonomías y municipios no tienen capacidad de legislar sobre un tema que esté ya regulado a nivel estatal. Una ley de rango inferior jamás podrá superponerse a una ley de rango superior (la estatal), por tanto, no tienen competencia, no pueden ampliar la lista del Anexo 1.

Saludos


Por lo que tengo entendido, la ley municipal no puede contradecir la estatal, pero sí que puede modificarla (como es el caso de añadir razas a la lista). Por tanto, deduzco que la ley municipal siempre prevalece ya que es mucho más concreta. Si no prevaleciera, nadie llevaría a su perro con bozal excepto en las 8 razas estatales, y no es así. Si por ejemplo llevas un bull terrier sin bozal por Castellón, te pueden multar. Si no, qué sentido tiene la municipal?


Quizá te multen en Castellón por llevar un Bull Terrier sin bozal, pero puedes recurrir. Te copio una parte interesante de la sentencia de Pamplona con respecto al Doberman:

"El sancionado recurrió ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona, alegando que el real decreto de 2002 que regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos no incluía a esa especie en la lista. Pero el juzgado de Pamplona desestimó el recurso al considerar que la ordenanza municipal disponía de amparo legal, según una sentencia del Tribunal Supremo. "Las entidades legales tienen competencia para poder regular, dentro de lo que es territorio de su competencia, qué animales se pueden considerar peligrosos", concluyó el juez de Pamplona de la transcripción de la sentencia del Supremo.

Pero para la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN, "la citada sentencia no autoriza tal conclusión". En su opinión significa que "se autoriza a los entes locales (que carecen de potestad legislativa) para que por vía reglamentaria puedan tipificar y sancionar conductas que atenten contra las prohibiciones o limitaciones establecidas en sus propias ordenanzas, como único medio de superar la dificultad que en otro caso tendrían los ayuntamientos para hacer cumplir sus ordenanzas y evitar la impunidad de sus infractores".

Pero esa autorización, añaden los magistrados, "no es omnímoda", sino que, entre otras condiciones, "es preciso que no exista otra normativa sectorial específica reguladora de la materia". "En caso de existir ley estatal o autonómica, hay que atenerse a la misma en la definición y tipificación de las infracciones y sanciones. Tal tipificación no podrá hacerse si (anteriormente) se ha efectuado ya por ley estatal o autonómica", apuntan los magistrados. En este caso, añaden los jueces, "es clara la existencia de una normativa estatal específica" que obstaculiza la facultad que en otro caso podría reconocerse a las entidades locales para la determinación de cuáles son los animales potencialmente peligrosos
. "

Es decir, la ordenanza municipal puede exigir que además de correa de un metro y bozal, los ppp lleven un lazo rojo en la cola, por ejemplo, pero no tienen potestad para decidir qué perros son ppp, ya que existe una ley estatal que lo regula especificamente.

Saludos
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Vitro

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Publicado: Thursday 11 de July de 2013, 10:18
esto de que cada localidad marque como ppp la raza que les venga en gana..yo hace tiempo que tengo una duda sobre esto,en la ley estatal hay 8 razas ppp ni una mas ni una menos,si en mi comunidad ponen alguna mas como el Bull Terrier  tendria derecho a acojerme a la ley estatal en vez de a la de mi localidad? aver si hay alguien que pueda contestarme  


lo siento pero segun la ley prevalece la de la localidad dond e tu vivas. ya que la estatal y la nacional es para salvaguardar a las localidades  que o no tienen ayuntamientos propios o no tienen normativa especial para ellos.


Incierto, en este sentido, autonomías y municipios no tienen capacidad de legislar sobre un tema que esté ya regulado a nivel estatal. Una ley de rango inferior jamás podrá superponerse a una ley de rango superior (la estatal), por tanto, no tienen competencia, no pueden ampliar la lista del Anexo 1.

Saludos


Es que lo que hacen las localidades como los estados/ provincias es simplemente añadir razas no quitarlas entonces no se contradice en ningun momento con la  estatal.
Simplemente ponen mas restricciones a nivel de la localidad.

Por ejemplo hay en localidades que añaden mas perros por la fuerte presencia de ellos pero otras  simplemente se rigen por la estatal y se acabo... en rivas por ejemplo se rijen por la nacional pero en mostoles la tienen modificada(añadir perros)por su fuerte presencia.


Yo por ejemplo voy a ir a veranear a calpe este año y he llamado para informarme y me han dicho que  si donde vivo no necesito ni licencia  alli no me pueden decir nada por la licencia pero si me han dicho que lo lleve con bozal y correa. y si no lo quiero llevar con bozal que le haga un test de sociabilidad realizado por un veterinario experto y que me eximiria de llevar el bozal.

Un saludo.
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Publicado: Thursday 11 de July de 2013, 10:56
Que no, que los municipios no tienen competencia para legislar. Pueden ampliar las leyes mediante ordenanzas pero sólo en el modo de actuar en su municipio para conseguir su cumplimiento, no en en contenido de la ley.

Es decir, un ejemplo tonto para que se vea más gráfico: a nivel estatal está prohibido fumar porros. Un municipio no puede ampliar esa normativa prohibiendo además beber cerveza, lo que sí puede es sacar una ordenanza municipal obligando a los establecimientos a cerrar a las 9 de la noche como método para evitar la conducta prohibida por ley estatal.

Es cierto que hay municipios en los que te multan por llevar un Bull Terrier sin bozal, pero si se recurre se gana. El tema es que la gente, muchas veces prefiere pagar la multa, empezar a ponerle bozal a partir de ese momento y dejarse de líos, juicios y abogados. Pero la realidad es que la única ley que prevalece es la estatal, aunque lamentablemente, es caro pelear contra la administración y de eso se valen.

En Pamplona, gracias a el propietario de ese Doberman  que recurrió su multa, perdió el juicio y volvió a recurrir al TSJ hasta que le dieron la razón, el Ayuntamiento ha tenido que eliminar esa ordenanza que ampliaba la lista con el Doberman y el Bull. Gracias a él muchos propietarios  de perros se benefician, y te lo digo con conocimiento de causa, que mi hermana ha vivido en Pamplona 4 años y yo me he paseado con mi Bull suelta en todo el morro de los municipales y no me han dicho ni mu. Si él hubiese pagado su multa y se acabó, esa ordenanza seguiría vigente.

Saludos
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Publicado: Thursday 11 de July de 2013, 11:34
Me parece súper curioso... Fievel, no era por contradecirte jeje sólo expongo argumentos contrarios para lograr entenderlo. Es que es lo que decía, si a nivel municipal no pueden alterar el contenido de la ley, de qué sirve que lo hagan? Porque digo yo que lo sabrán, no tendría mucho sentido que todas las comunidades hagan lo mismo sabiendo que no se puede no?
Además es lo que dice Vitro, según tenía entendido, el añadir razas no cambia la ley, sólo la modifica, que en ese caso está permitido y habría que acogerse a la estatal, que es lo que siempre he tenido entendido.
Desde luego que si es lo que tú dices es alucinante, no lo sabía para nada. Pero Fievel, en ese caso... no hay ningún tipo de "compensación económica" si ganas, para compensar lo que te has gastado en el juicio? (quizás suene tonta la pregunta pero es que no tengo ni idea xD)
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Publicado: Thursday 11 de July de 2013, 12:16
Me parece súper curioso... Fievel, no era por contradecirte jeje sólo expongo argumentos contrarios para lograr entenderlo. Es que es lo que decía, si a nivel municipal no pueden alterar el contenido de la ley, de qué sirve que lo hagan? Porque digo yo que lo sabrán, no tendría mucho sentido que todas las comunidades hagan lo mismo sabiendo que no se puede no?
Además es lo que dice Vitro, según tenía entendido, el añadir razas no cambia la ley, sólo la modifica, que en ese caso está permitido y habría que acogerse a la estatal, que es lo que siempre he tenido entendido.
Desde luego que si es lo que tú dices es alucinante, no lo sabía para nada. Pero Fievel, en ese caso... no hay ningún tipo de "compensación económica" si ganas, para compensar lo que te has gastado en el juicio? (quizás suene tonta la pregunta pero es que no tengo ni idea xD)


Por supuesto que sí, si recurres la multa y ganas condenan al Ayuntamiento a devolvértela con intereses y generalmente, los condenan también a costas, es decir, a pagar tu abogado, procurador, etc.

Los Ayuntamientos se valen de que a la gente le da pereza recurrir para hacer lo que les parezca. Por ejemplo, a mí me pusieron dos multas de OTA (en teoría 12 euros cada una), pues como el coche era de empresa y no habíamos identificado al conductor (cosa que sólo es necesaria si la sanción conlleva retirada de puntos), me quitaron de la cuenta 351 euros por cada una de las multas (12+intereses+300 por no identificar).

Recurrí y me lo devolvieron, así que imagínate la jeta que tienen...

Saludos
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Publicado: Thursday 11 de July de 2013, 12:20


Por supuesto que sí, si recurres la multa y ganas condenan al Ayuntamiento a devolvértela con intereses y generalmente, los condenan también a costas, es decir, a pagar tu abogado, procurador, etc.

Los Ayuntamientos se valen de que a la gente le da pereza recurrir para hacer lo que les parezca. Por ejemplo, a mí me pusieron dos multas de OTA (en teoría 12 euros cada una), pues como el coche era de empresa y no habíamos identificado al conductor (cosa que sólo es necesaria si la sanción conlleva retirada de puntos), me quitaron de la cuenta 351 euros por cada una de las multas (12+intereses+300 por no identificar).

Recurrí y me lo devolvieron, así que imagínate la jeta que tienen...

Saludos


Wow... Pero entonces es ilegal que pongan leyes municipales? Porque eso debería de estar regulado no?
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Publicado: Thursday 11 de July de 2013, 12:23


Por supuesto que sí, si recurres la multa y ganas condenan al Ayuntamiento a devolvértela con intereses y generalmente, los condenan también a costas, es decir, a pagar tu abogado, procurador, etc.

Los Ayuntamientos se valen de que a la gente le da pereza recurrir para hacer lo que les parezca. Por ejemplo, a mí me pusieron dos multas de OTA (en teoría 12 euros cada una), pues como el coche era de empresa y no habíamos identificado al conductor (cosa que sólo es necesaria si la sanción conlleva retirada de puntos), me quitaron de la cuenta 351 euros por cada una de las multas (12+intereses+300 por no identificar).

Recurrí y me lo devolvieron, así que imagínate la jeta que tienen...

Saludos


Wow... Pero entonces es ilegal que pongan leyes municipales? Porque eso debería de estar regulado no?


Está regulado, ellos no pueden legislar, pero utilizan las leyes que hay y su capacidad para "ampliarlas" sólo hasta cierto punto para hacer y deshacer, y hasta que alguien no se queja, no "salta la liebre"...

Pero vamos, que no sé si se controla esto ni como, hasta ahí ya no llego  
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Publicado: Thursday 11 de July de 2013, 12:27


Por supuesto que sí, si recurres la multa y ganas condenan al Ayuntamiento a devolvértela con intereses y generalmente, los condenan también a costas, es decir, a pagar tu abogado, procurador, etc.

Los Ayuntamientos se valen de que a la gente le da pereza recurrir para hacer lo que les parezca. Por ejemplo, a mí me pusieron dos multas de OTA (en teoría 12 euros cada una), pues como el coche era de empresa y no habíamos identificado al conductor (cosa que sólo es necesaria si la sanción conlleva retirada de puntos), me quitaron de la cuenta 351 euros por cada una de las multas (12+intereses+300 por no identificar).

Recurrí y me lo devolvieron, así que imagínate la jeta que tienen...

Saludos


Wow... Pero entonces es ilegal que pongan leyes municipales? Porque eso debería de estar regulado no?


Está regulado, ellos no pueden legislar, pero utilizan las leyes que hay y su capacidad para "ampliarlas" sólo hasta cierto punto para hacer y deshacer, y hasta que alguien no se queja, no "salta la liebre"...

Pero vamos, que no sé si se controla esto ni como, hasta ahí ya no llego  


Pues vaya... está muy bien saberlo! Muchas gracias por la información!
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