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Foro de American Pit Bull Terrier

Alguien De Bogota Colombia Que Me Colabore?

Moderadores: Damzel, sandrarf
Usuario Titulo: Alguien De Bogota Colombia Que Me Colabore?

Lestat

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Lestat
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Publicado: Friday 19 de March de 2010, 18:19
Buenas tardes a todos aver les comento lo que sucede es que queria saber algo sobre el corte de orejas para los PitBull aca en colombia lo que pasa es que una persona me comento que eso esta prohibido y que si la policia llega a ver al perro con las orejas cortadas multan al dueño y pueden quitarle la mascota.quisiera saber si eso es verdad. Gracias y saludos.
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Maicons

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Maicons
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Publicado: Thursday 25 de March de 2010, 03:21
no es verdad ... unas orejas no hacen que tu perro sea malo o bueno, podrás ver la cantidad de PitBull que hay aquí en Colombia... yo soy de medellin y te aseguro que no pondrán problema, es como si tu te hicieras una operación y por eso te llevaran a la cárcel. Saludos!!
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Lestat

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Publicado: Thursday 25 de March de 2010, 03:31
no es verdad ... unas orejas no hacen que tu perro sea malo o bueno, podrás ver la cantidad de PitBull que hay aquí en Colombia... yo soy de medellin y te aseguro que no pondrán problema, es como si tu te hicieras una operación y por eso te llevaran a la cárcel. Saludos!!
muchas gracias por tu colaboracion ahora si me siento mas seguro mil gracias amigo  Sonriente
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Loganlpittbull

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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 01:02
hola, necesito informacion urgente, lo que pasa es que me traslado a bogota y necesito saber si es prohibida la tenencia de los pitbulls,y necesito saber si esta permitido, que debe mantener al sacar al perro a la calle, se que debe tener el bozal , y el collar puesto, normal el carnet con sus vacunas por que por la raza querran molestar algunas personas. Nesecito algun documento especial, o registrarlo en algun lugar.tengo dudas si puedo llevar al perro a vivir conmigo en bogota, por favor informarme lo de las orejas tambien si es ilegal el corte, porque lastimosamente ya tiene el corte realizado.
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Noorak

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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 01:51
no es verdad ... unas orejas no hacen que tu perro sea malo o bueno, podrás ver la cantidad de PitBull que hay aquí en Colombia... yo soy de medellin y te aseguro que no pondrán problema, es como si tu te hicieras una operación y por eso te llevaran a la cárcel. Saludos!!
Que tiene que ver lo que respondes con lo que preguntan?, osea vamos a ver quien ha dicho que con las orejas cortadas son malos??? Esto cada dia es mas surrealista.
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Lestat

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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 06:44
hola, necesito informacion urgente, lo que pasa es que me traslado a bogota y necesito saber si es prohibida la tenencia de los pitbulls,y necesito saber si esta permitido, que debe mantener al sacar al perro a la calle, se que debe tener el bozal , y el collar puesto, normal el carnet con sus vacunas por que por la raza querran molestar algunas personas. Nesecito algun documento especial, o registrarlo en algun lugar.tengo dudas si puedo llevar al perro a vivir conmigo en bogota, por favor informarme lo de las orejas tambien si es ilegal el corte, porque lastimosamente ya tiene el corte realizado.
Pues amigo yo ya llevo un año y dos meses con mi perra ella tiene sus orejas cortadas......afortunadamente no he tenido problema alguno con la policia pero eso si siempre la cargo con su collar y su bozal (por precaucion) aunque el bozal no se lo pongo ya que no me gusta verla con esa cosa puesta eso si se lo cargo en el cuello o lo llevo en la mano.y por lo que he averiguando (y he llamado) el animal tiene que tener un seguro por parte de la alcaldia.......eso si el seguro es caro ya que vale tal cual como si lo estuvieras adquiriendo para ti.......te recomiendo sacarlo por parte dela alcadia de usaquen ya que nada mas te piden.....unas fotos tuyas, de la mascota, carnet de vacunas y una carta hecha por ti en la cual te hagas responsable por daños que el animal le haga a terceros.
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Loganlpittbull

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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 06:58
hola, necesito informacion urgente, lo que pasa es que me traslado a bogota y necesito saber si es prohibida la tenencia de los pitbulls,y necesito saber si esta permitido, que debe mantener al sacar al perro a la calle, se que debe tener el bozal , y el collar puesto, normal el carnet con sus vacunas por que por la raza querran molestar algunas personas. Nesecito algun documento especial, o registrarlo en algun lugar.tengo dudas si puedo llevar al perro a vivir conmigo en bogota, por favor informarme lo de las orejas tambien si es ilegal el corte, porque lastimosamente ya tiene el corte realizado.
Pues amigo yo ya llevo un año y dos meses con mi perra ella tiene sus orejas cortadas......afortunadamente no he tenido problema alguno con la policia pero eso si siempre la cargo con su collar y su bozal (por precaucion) aunque el bozal no se lo pongo ya que no me gusta verla con esa cosa puesta eso si se lo cargo en el cuello o lo llevo en la mano.y por lo que he averiguando (y he llamado) el animal tiene que tener un seguro por parte de la alcaldia.......eso si el seguro es caro ya que vale tal cual como si lo estuvieras adquiriendo para ti.......te recomiendo sacarlo por parte dela alcadia de usaquen ya que nada mas te piden.....unas fotos tuyas, de la mascota, carnet de vacunas y una carta hecha por ti en la cual te hagas responsable por daños que el animal le haga a terceros.
muchas gracias por la informacion , es totalmente lo que necesitaba saber, sabes depronto el costo del seguro.
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Lestat

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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 07:02
hola, necesito informacion urgente, lo que pasa es que me traslado a bogota y necesito saber si es prohibida la tenencia de los pitbulls,y necesito saber si esta permitido, que debe mantener al sacar al perro a la calle, se que debe tener el bozal , y el collar puesto, normal el carnet con sus vacunas por que por la raza querran molestar algunas personas. Nesecito algun documento especial, o registrarlo en algun lugar.tengo dudas si puedo llevar al perro a vivir conmigo en bogota, por favor informarme lo de las orejas tambien si es ilegal el corte, porque lastimosamente ya tiene el corte realizado.
Pues amigo yo ya llevo un año y dos meses con mi perra ella tiene sus orejas cortadas......afortunadamente no he tenido problema alguno con la policia pero eso si siempre la cargo con su collar y su bozal (por precaucion) aunque el bozal no se lo pongo ya que no me gusta verla con esa cosa puesta eso si se lo cargo en el cuello o lo llevo en la mano.y por lo que he averiguando (y he llamado) el animal tiene que tener un seguro por parte de la alcaldia.......eso si el seguro es caro ya que vale tal cual como si lo estuvieras adquiriendo para ti.......te recomiendo sacarlo por parte dela alcadia de usaquen ya que nada mas te piden.....unas fotos tuyas, de la mascota, carnet de vacunas y una carta hecha por ti en la cual te hagas responsable por daños que el animal le haga a terceros.
muchas gracias por la informacion , es totalmente lo que necesitaba saber, sabes depronto el costo del seguro.
nop lo que sucede es que como tu lo debes de saber aca tambien discriminan mucho a los PitBull apenas tu llamas a las aseguradoras y dices que necesitan un seguro para un perro lo primeron que preguntan es...que raza es... y apenas tu dices PitBull te dicen que NO!!! o te cuelgan....Malditos ¬¬
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Loganlpittbull

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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 07:23
acabe de encontrar este documentoLa Ley 746 del 2002 tiene por objeto regular la tenencia de ejemplares caninos en las zonas urbanas, rurales, vías públicas, en lugares abiertos al público, y transporte público en que sea permitida su estancia, todos los ejemplares caninos deberán ser sujetos por su correspondiente traílla o correa y deberá portar además su bozal y permiso.El dueño o propietario del perro deberá registrarlo ante las Alcaldías Locales , en el Censo de Perros Potencialmente Peligrosos para obtener el respectivo permiso, para ello deberá presentar los siguientes documentos: 2 fotos del propietario tamaño 3 x 4.2 fotos del canino tamaño 3 x 4.Fotocopia de la cédula de ciudadanía.Fotocopia del carné de vacunas Póliza de responsabilidad civil extracontractual. Elaborar una carta dirigida al alcalde local donde especifique nombre del perro, raza, color o señales que permitan identificarlo, fecha de nacimiento y edad y la destinación del mismo como (adiestramiento, lazarillo, hogar, o si será destinado a la guarda, protección u otra tarea específica).El propietario indicará en el registro o formato los siguientes datos: Nombre del ejemplar canino.Identificación y lugar de ubicación de su propietario, (dirección y teléfono donde reside).Una descripción que contemple las características o genes del ejemplar que hagan posible su identificación.Para proceder al registro del animal, su propietario debe aportar póliza de responsabilidad civil extracontractual suscrita por su propietario, la que cubrirá la indemnización de los perjuicios patrimoniales que dichos ejemplares ocasionen a personas, cosas, o demás animales.El registro de vacunas del ejemplar al día.El certificado de sanidad vigente. Es obligatorio renovar el registro anualmente, para lo cual se deberán presentar los documentos especificados (anteriormente) En este registro se anotarán también las multas o sanciones que tengan lugar, y los incidentes de ataque en que se involucre el animal.Una vez registrado el ejemplar, el Alcalde Local expedirá el respectivo permiso para poseer esta clase de perros.Este permiso podrá ser requerido en cualquier momento por las autoridades de policía respectivas. Quién posea animales pertenecientes a esta categoría contará con un plazo de seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para proceder al registro del ejemplar en el Censo de Perros Potencialmente Peligrosos de su respectiva Alcaldía Local.El propietario que se abstenga de adquirir la póliza de responsabilidad civil extracontractual, acarreará con todos los gastos para indemnizar integralmente al (los) afectado (s) por los perjuicios que ocasione el ejemplar, sin perjuicio de las sanciones que establezca la ley. Tenga en cuenta:El trámite es gratuito.El carné que certifica su permiso se entrega en 5 días hábiles.El certificado de sanidad se obtiene ante una veterinaria, lo expide un Veterinario Profesional, se solicita una cita ante la veterinaria para hacerle la valoración respectiva presentando el carné de vacunas y así obtendrá este certificado.Dado su alto nivel de peligrosidad, se prohíbe la importación de ejemplares caninos de las razas Staffordshire terrier, American Staffordshire Terrier  Pit Bull Terrier  American Pit Bull Terrier  o de caninos producto de cruces o híbridos de estas razas, Dóberman, Dogo Argentino  Dogo de Burdeos  Fila Brasileiro  Mastín Napolitano, De Presa Canario  Rottweiler, Tosa Japonés. Los menores de edad no podrán ser tenedores de los ejemplares ya mencionados anteriormente en las vías públicas, lugares abiertos al público y en las zonas comunes de edificios o conjuntos residenciales.Esta misma restricción recae frente a personas que se encuentren en estado de embriaguez, bajo el influjo de sustancias psicoactivas, o presenten limitaciones físicas. En caso de incumplimiento, las autoridades de policía delegadas procederán al decomiso del ejemplar, y se impondrá como sanción a su propietario por parte de las autoridades municipales delegadas, multa de cinco (5) salarios mínimos diarios legales vigentes, y el incidente se anotará en el respectivo registro del animal. El animal se depositará en las perreras que los municipios determinen. Su propietario contará con un plazo máximo de diez (10) días contados a partir de la fecha de decomiso para retirarlo provisto del preceptivo bozal y traílla, una vez cancelada la multa impuesta. Los gastos que genere la estancia del animal en las perreras irán a cargo del propietario. Si el propietario no lo retira en el plazo establecido, se declarará al animal en estado de abandono y se podrá proceder a su sacrificio eutanásico. Para Mayor información consulte la Ley 746 de 2002 "Por la cual se regula la tenencia de perros potencialmente peligrosos.Pero no dice precio, y las fotos no dicen si de frente ambas.,
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Lestat

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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 07:27
acabe de encontrar este documentoLa Ley 746 del 2002 tiene por objeto regular la tenencia de ejemplares caninos en las zonas urbanas, rurales, vías públicas, en lugares abiertos al público, y transporte público en que sea permitida su estancia, todos los ejemplares caninos deberán ser sujetos por su correspondiente traílla o correa y deberá portar además su bozal y permiso.El dueño o propietario del perro deberá registrarlo ante las Alcaldías Locales , en el Censo de Perros Potencialmente Peligrosos para obtener el respectivo permiso, para ello deberá presentar los siguientes documentos: 2 fotos del propietario tamaño 3 x 4.2 fotos del canino tamaño 3 x 4.Fotocopia de la cédula de ciudadanía.Fotocopia del carné de vacunas Póliza de responsabilidad civil extracontractual. Elaborar una carta dirigida al alcalde local donde especifique nombre del perro, raza, color o señales que permitan identificarlo, fecha de nacimiento y edad y la destinación del mismo como (adiestramiento, lazarillo, hogar, o si será destinado a la guarda, protección u otra tarea específica).El propietario indicará en el registro o formato los siguientes datos: Nombre del ejemplar canino.Identificación y lugar de ubicación de su propietario, (dirección y teléfono donde reside).Una descripción que contemple las características o genes del ejemplar que hagan posible su identificación.Para proceder al registro del animal, su propietario debe aportar póliza de responsabilidad civil extracontractual suscrita por su propietario, la que cubrirá la indemnización de los perjuicios patrimoniales que dichos ejemplares ocasionen a personas, cosas, o demás animales.El registro de vacunas del ejemplar al día.El certificado de sanidad vigente. Es obligatorio renovar el registro anualmente, para lo cual se deberán presentar los documentos especificados (anteriormente) En este registro se anotarán también las multas o sanciones que tengan lugar, y los incidentes de ataque en que se involucre el animal.Una vez registrado el ejemplar, el Alcalde Local expedirá el respectivo permiso para poseer esta clase de perros.Este permiso podrá ser requerido en cualquier momento por las autoridades de policía respectivas. Quién posea animales pertenecientes a esta categoría contará con un plazo de seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para proceder al registro del ejemplar en el Censo de Perros Potencialmente Peligrosos de su respectiva Alcaldía Local.El propietario que se abstenga de adquirir la póliza de responsabilidad civil extracontractual, acarreará con todos los gastos para indemnizar integralmente al (los) afectado (s) por los perjuicios que ocasione el ejemplar, sin perjuicio de las sanciones que establezca la ley. Tenga en cuenta:El trámite es gratuito.El carné que certifica su permiso se entrega en 5 días hábiles.El certificado de sanidad se obtiene ante una veterinaria, lo expide un Veterinario Profesional, se solicita una cita ante la veterinaria para hacerle la valoración respectiva presentando el carné de vacunas y así obtendrá este certificado.Dado su alto nivel de peligrosidad, se prohíbe la importación de ejemplares caninos de las razas Staffordshire terrier, American Staffordshire Terrier  Pit Bull Terrier  American Pit Bull Terrier  o de caninos producto de cruces o híbridos de estas razas, Dóberman, Dogo Argentino  Dogo de Burdeos  Fila Brasileiro  Mastín Napolitano, De Presa Canario  Rottweiler, Tosa Japonés. Los menores de edad no podrán ser tenedores de los ejemplares ya mencionados anteriormente en las vías públicas, lugares abiertos al público y en las zonas comunes de edificios o conjuntos residenciales.Esta misma restricción recae frente a personas que se encuentren en estado de embriaguez, bajo el influjo de sustancias psicoactivas, o presenten limitaciones físicas. En caso de incumplimiento, las autoridades de policía delegadas procederán al decomiso del ejemplar, y se impondrá como sanción a su propietario por parte de las autoridades municipales delegadas, multa de cinco (5) salarios mínimos diarios legales vigentes, y el incidente se anotará en el respectivo registro del animal. El animal se depositará en las perreras que los municipios determinen. Su propietario contará con un plazo máximo de diez (10) días contados a partir de la fecha de decomiso para retirarlo provisto del preceptivo bozal y traílla, una vez cancelada la multa impuesta. Los gastos que genere la estancia del animal en las perreras irán a cargo del propietario. Si el propietario no lo retira en el plazo establecido, se declarará al animal en estado de abandono y se podrá proceder a su sacrificio eutanásico. Para Mayor información consulte la Ley 746 de 2002 "Por la cual se regula la tenencia de perros potencialmente peligrosos.Pero no dice precio, y las fotos no dicen si de frente ambas.,
ajam hay esta todo lo relacionado con la tenencia del perro la otra es que no todas las aseguradoras hacen ese tipo de tramites
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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 07:30
Quién posea animales pertenecientes a esta categoría contará con un plazo de seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley para proceder al registro del ejemplar en el Censo de Perros Potencialmente Peligrosos de su respectiva Alcaldía Local.El propietario que se abstenga de adquirir la póliza de responsabilidad civil extracontractual, acarreará con todos los gastos para indemnizar integralmente al (los) afectado (s) por los perjuicios que ocasione el ejemplar, sin perjuicio de las sanciones que establezca la ley. Tenga en cuenta:El trámite es gratuito.El carné que certifica su permiso se entrega en 5 días hábiles.El certificado de sanidad se obtiene ante una veterinaria, lo expide un Veterinario Profesional, se solicita una cita ante la veterinaria para hacerle la valoración respectiva presentando el carné de vacunas y así obtendrá este certificado.mira otra cosa al parecer no es necesario el pago tienes es que tener los documetos al dia y hacer la carta de responsabilidad
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Loganlpittbull

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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 08:14
muy cierto, ojala le sirva a mas personas de bogota la info.
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yeisonzuluaga

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Publicado: Thursday 31 de March de 2011, 21:54
Bueno el dato, aprovecha y saca el carnet ahora que es gratuito por que no demoran en empezarlo a cobrar jajaja, como son en tabogo, jajaja
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