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Discusión General

Problemon con la monta de mi perro(se niegan a darme mi parte correspondiente)

Página: 3 de 4
Moderadores: Damzel, sandrarf
Usuario Titulo: Problemon con la monta de mi perro(se niegan a darme mi parte correspondiente)

Silverfox

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Publicado: Thursday 19 de April de 2012, 17:31
¿Desde cuando un PARTICULAR es un cridero o establecimiento de venta de animales?
Desde el momento en el que cría. Su propio nombre lo indica.Otra cosa es que lo haga de forma legal o ilegal. Yo puedo conducir un coche con o sin licencia. En ambos casos, si mato a alguien, seré el "conductor" del vehículo.
Un particular NO tiene que abrir un criadero para criar con su animal domestico.
No tiene que montar una nave industrial, pero tiene que coger un afijo y las licencias correspondientes, como es el nucleo zoológico. De otro modo será un acto ilícito.
¿cuantos juicios han habido de personas particulares que han criado con sus animales domesticos y alguno no ha cumplido con las condiciones pactadas? MUCHOS, ¿por que? Por que es LEGAL..
Podrías citar las fuentes, por favor?
2. Se prohíbe:h) Venderlos a menores de catorce años y a incapacitados sin la autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia.¿Esto que significa? que puede ser vendido a un niño de 15 años sin la autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia.
Tampoco puedes venderle a un menor un coche, una casa. De hecho un menor no es responsable de sí mismo. Es lo que dice esa ley, no que puedas criar con tu perro.
Entiendo que esto a muchos de los que os autoproclamais como amantes de los animales os moleste, ya que a muchos os perjudicará en los chiringuitos de venta de animales, pero así es la ley.
Quizás te sorprenda saber que de todos los que hemos comentado, creo que ninguno somos criadores. Pero es una falacia ad hominem muy utilizada por aquí. Si me diesen un euro cada vez que me la dicen, me compraba el foro. Por alguna extraña razón, los que estamos en contra de la cría entre particulares por las consecuencias, ya no legales, si no morales que ello implica, es porque somos criadores y nos perjudica el negocio. Evidentemente, no puede ser porque estemos hartos de recoger camadas enteras de la calle, ni porque veamos cómo se destruyen las razas, ni porque consideremos que los regalos capricho tienden a terminar entre barrotes y condenados a muertes. No, es porque nos perjudica nuestro negocio imaginario.
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juaka

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Publicado: Thursday 19 de April de 2012, 17:48
Joder a mi me pasa eso y aunque ahora me diran cosas,yo hiria a su casa y cojeria a los dos perros que te corresponde por cojones y si le tienes tienes que meterle le metes
No le corresponde un carajo. Su perro ha echado un polvo y que se dé por contenta, la que se ha comido la gestación, el parto múltiple y la lactancia es la perra, así que tiene todo el derecho moral a quedarse los cachorros, y si no haberlo puesto por escrito.
Ya,pero normalmente y creo que es asi,se paga la monta o un cachorro cuando nazcan
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Pichus

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Pichus
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Publicado: Thursday 19 de April de 2012, 18:18
mmm parece que se juega con la clara o no interpretación de las leyes, pero es obvio que la sobre población de perros abandonados nos haga reflexionar un poco mas sobre la reproducción de los perros, un perro con o sin pedigree igual corre riesgos durante la gestación y parto, de igual forma no garantiza que todos salgan sanos o no. Yo la verdad no lo haria por que no tengo el conocimiento ni el tiempo para eso, pero creo que las personas que lo hagan si deben tener la responsabilidad de hacerlo de la mejor forma y si no te vas a dedicar a eso pues para que hacerlo aun que sea una sola vez ... mejor adopta un cachorro para tus familiares y no te metas en rollos,
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Antonio31

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 12:21
Podrías citar las fuentes, por favor?
Te he enviado un mensaje privado en el que te pido una dirección e-mail para enviarte una sentencia judicial, ya que no quiero ponerla aqui porque contiene nombres y datos personales de personas. Tan pronto como me facilites la dirección la sentencia te será enviada.Lo que si voy ha hacer es resumir el contenido de la misma, te pido que tú, como moderador y apelando a tu buena voluntad, digas si lo que relato es cierto o es falso.1 - El demandante, dueño de un perro macho, solicita al demandado, dueño de un perro hembra, la entrega de dos cachorros pertenecientes a la camada habida del perro propiedad del demandante y del demandado en virtud del cuerdo verbal entre ambos.2 - Por ser imposible dicha entrega por haber transcurrido más de siete meses desde su nacimiento, se solicita una indemnizacion de la cantidad de 1.000 euros.3 - Que por circunstancias de diferencias en el pedigree, el demandado, dueño de la hembra, solicita a su vez la cantidad de 4.700 euros, ya que solo pudo vender 3 cachorros regalando los 5 restantes.4 - Que queda demostrado que habian acordado vernalmente la entrega de un cachorro por parte del demandado, dueño de la hembra, al demandante, dueño del macho, aunque el demandante solicitaba  dos cachorros.5 - Que el señor juez hace una valoración del referido cachorro en 500 auros.6 - Que se condena al demandado, dueño de la hembra, al pago de 500 euros al demandante, dueño del macho.7 - Que se desestima la demanda de 4.700 euros por parte del demandado, dueño de la hembra.8 - Que se condena al demandado, dueño de la hembra, a abonar los costes de la demanda.
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Silverfox

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 12:26
Bien, esto es referente al caso de una monta.Me refería a una denuncia en el supuesto de un comprador ante un particular donde no exista contrato ni garantías de ningún tipo. La sentencia es clara, pero no sirve para determinar el asunto de si un particular tiene "derecho" a criar o, por el contrario y siguiendo la dinámica del debate, incurre en un delito.
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Antonio31

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 12:33
Esta claro que hubo monta entre perros de particulares, probado que algunos cachorros se vendiron y que se condeno al dueño de la hembra a indemnizar al dueño del macho por no entregarle el cachorro.No se que más pruebas quieres la verdad.
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Silverfox

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 12:37
Esta claro que hubo monta entre perros de particulares, probado que algunos cachorros se vendiron y que se condeno al dueño de la hembra a indemnizar al dueño del macho por no entregarle el cachorro.No se que más pruebas quieres la verdad.
Es que las sentencias no observan que se haya incurrido en otro delito si este no es objeto de la denuncia. Me explico, si yo te denuncio por que haciendo obras ilegales en tu casa me tiras la pared, estoy denunciando que me has tirado la pared y la sentencia observará que tienes que pagarme la reparación de la pared.Que la obra sea ilegal es irrelevante en el caso. Eso se denunciaría aparte y la sentencia determinaría que tienes que parar las obras por ser ilegales, algo que no se observaría en la primera sentencia. De todos modos, yo no veo tan claro que sea monta entre particulares. Perros con pedigree? No es lo normal.
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Antonio31

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 12:44
La mayoría de los perros con pedigree pertenecen a particulares en españa, solo un pequeño porcentaje pertenecen a profesionales dedicados a la cria y exposición, ya que el negocio de los mismos es venderlos.Pero bueno, cada uno es libre de sacar sus propias conclusiones o acudir a un abogado, creo que no tengo nada más que decir.
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Silverfox

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 12:49
La mayoría de los perros con pedigree pertenecen a particulares en españa, solo un pequeño porcentaje pertenecen a profesionales dedicados a la cria y exposición, ya que el negocio de los mismos es venderlos.Pero bueno, cada uno es libre de sacar sus propias conclusiones o acudir a un abogado, creo que no tengo nada más que decir.
Cierto, pero una monta en sí no es un acto ilegal. Es la cría lo que sería, según la normativa, algo ilegal, lo cual recaería en el dueño de la hembra que es quién, en el supuesto, no dispondría del afijo correspondiente y el núcleo zoológico.
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Antonio31

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 13:10
"Núcleos zoológicosDefiniciónLos núcleos zoológicos son las agrupaciones zoológicas para la exhibición de animales, las instalaciones para el mantenimiento de animales de compañía, los establecimientos de venta y los centros de cría de animales, los centros de recogida de animales, el domicilio de los particulares donde se hacen ventas u otras transacciones con animales y los de características similares que se determinen por vía reglamentaria.Quien está obligado a registrarseEstán obligados a inscribirse en el Registro de Núcleos Zoológicos los siguientes centros y/o establecimientos:    Núcleos zoológicos que albergan colecciones zoológicas de animales de la fauna salvaje con finalidades científicas, culturales o recreativas y de reproducción, de recuperación, de adaptación y/o de conservación de estos animales: zoosafaris, parques o jardines zoológicos, reservas zoológicas, circos y colecciones zoológicas privadas.    Instalaciones para el mantenimiento temporal de animales domésticos: centros de cría, residencias y refugios, escuelas de adiestramiento, centros de recogida de animales, perreras deportivas y centros de importación de animales.    Establecimientos de venta de animales: tiendas de animales y otros establecimientos de venta."Solo estan obligados a Registrarse centros y establecimientos, no particulares.Respecto a lo del afijo:Es simplemente un nombre (digamos un apellido) que se les pone a los cachorros cuando son incritos.http://www.rsce.es/web/index.php?option=com_content&view=article&id=94&Itemid=213Solamente podrá utilizarse afijo en el nombre de los cachorros, cuando el propietario de la hembra reproductora sea también titular del afijo. Cuando la hembra esté en copropiedad y se quiera utilizar afijo, todos los copropietarios deberán ser titulares del afijo.Si no se tiene afijo, simplemente aparecera el nombre que cada uno le ponga sin "digamos su apellido".
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Silverfox

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 13:39
"Núcleos zoológicosDefiniciónLos núcleos zoológicos son las agrupaciones zoológicas para la exhibición de animales, las instalaciones para el mantenimiento de animales de compañía, los establecimientos de venta y los centros de cría de animales, los centros de recogida de animales, el domicilio de los particulares donde se hacen ventas u otras transacciones con animales y los de características similares que se determinen por vía reglamentaria.Quien está obligado a registrarseEstán obligados a inscribirse en el Registro de Núcleos Zoológicos los siguientes centros y/o establecimientos:    Núcleos zoológicos que albergan colecciones zoológicas de animales de la fauna salvaje con finalidades científicas, culturales o recreativas y de reproducción, de recuperación, de adaptación y/o de conservación de estos animales: zoosafaris, parques o jardines zoológicos, reservas zoológicas, circos y colecciones zoológicas privadas.    Instalaciones para el mantenimiento temporal de animales domésticos: centros de cría, residencias y refugios, escuelas de adiestramiento, centros de recogida de animales, perreras deportivas y centros de importación de animales.    Establecimientos de venta de animales: tiendas de animales y otros establecimientos de venta."Solo estan obligados a Registrarse centros y establecimientos, no particulares.Respecto a lo del afijo:Es simplemente un nombre (digamos un apellido) que se les pone a los cachorros cuando son incritos.http://www.rsce.es/web/index.php?option=com_content&view=article&id=94&Itemid=213Solamente podrá utilizarse afijo en el nombre de los cachorros, cuando el propietario de la hembra reproductora sea también titular del afijo. Cuando la hembra esté en copropiedad y se quiera utilizar afijo, todos los copropietarios deberán ser titulares del afijo.Si no se tiene afijo, simplemente aparecera el nombre que cada uno le ponga sin "digamos su apellido".
Si me permites señalar una cosa.
Instalaciones para el mantenimiento temporal de animales domésticos: centros de cría, residencias y refugios, escuelas de adiestramiento, centros de recogida de animales, perreras deportivas y centros de importación de animales.    Establecimientos de venta de animales: tiendas de animales y otros establecimientos de venta."
Cualquier lugar donde se críen animales son centros de cría, sea una casa o una nave industrial con jaulas. Los buenos criadores, muchos de ellos particulares, tienen su nucleo zoológico y crían en casa. Del mismo modo, creo que ha quedado claro que un particular que vende animales está incurriendo en un acto ilícito de venta ilegal y no declarada sin los permisos correspondientes.Ahora una cuestión semántica. Cuando deja un particular de ser un particular y se convierte en criador?Un criador con afijo que saca dos camadas cada 10 años es un criador o un particular?Un particular que no tenga nucleo zoológico, pero que tenga en su casa 4 perras y estas tengan cachorros cada celo, es un particular o un criador? Y si regala a los cachorros? Este individuo no debería tener un nucleo zoológico porque hace la cría en casa y no en jaulas?Qué es un criador entonces?Entonces, el conductor sin carné de un vehículo al volante de un turismo no es un conductor? Es un señor que pasaba por allí y no tiene por qué cumplir las normas de tráfico?
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Vanhelsing

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Provincia: Guadalajara
Publicado: Friday 20 de April de 2012, 14:45
Joder a mi me pasa eso y aunque ahora me diran cosas,yo hiria a su casa y cojeria a los dos perros que te corresponde por cojones y si le tienes tienes que meterle le metes
Tu si que sabes macho, para decir eso, mejor no digas nada anda.
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Vanhelsing

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 14:53
Vamos a ver chicos, no me gustan los juntaperros, estoy en contra de la cría indiscriminada y de los abandonos y para mi un perro es un ser vivo que siente y padece y no un objeto, mi amigo y compañero, al que le debo como mínimo la misma lealtad y amistad que me dispensa, como mínimo digo, por que yo si tengo uso de razón y solo por eso tendría que darle más de lo que el pueda darme a mi, pero lamentablemente en este asunto tiene razón Antonio 31.En nuestro sistema jurídico los animales son objetos, nos pongamos como nos pongamos y yo puedo vender mi cafetera vieja si me apetece, por poner un ejemplo que todos entandamos, al igual que a mi pobre perra y eso no me convierte en profesional, si lo hago una vez o muy ocasionalmente.Sí los perros tienen Leyes que los protegen, las hay de menor rango, como que todos los perros deben de tener todas las necesidades cubiertas por el tipo de animal que es, como pasear, correr suelto y desfogar, pero eso no quita que se puedan llevar a cabo otras acciones, que no sea contrario a eso, si no la Ley PPP, por donde se pasa las necesidades de ejercitarse y sociabilizarse de dichos perros?, como tiene rango mayor, pues ale, esto solo es mi opinión, que puede estar equivoca, saludos.
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Vanhelsing

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Edad: 53 años
Provincia: Guadalajara
Publicado: Friday 20 de April de 2012, 14:55
¿Desde cuando un PARTICULAR es un cridero o establecimiento de venta de animales?
Desde el momento en el que cría. Su propio nombre lo indica.Otra cosa es que lo haga de forma legal o ilegal. Yo puedo conducir un coche con o sin licencia. En ambos casos, si mato a alguien, seré el "conductor" del vehículo.
Un particular NO tiene que abrir un criadero para criar con su animal domestico.
No tiene que montar una nave industrial, pero tiene que coger un afijo y las licencias correspondientes, como es el nucleo zoológico. De otro modo será un acto ilícito.
¿cuantos juicios han habido de personas particulares que han criado con sus animales domesticos y alguno no ha cumplido con las condiciones pactadas? MUCHOS, ¿por que? Por que es LEGAL..
Podrías citar las fuentes, por favor?
2. Se prohíbe:h) Venderlos a menores de catorce años y a incapacitados sin la autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia.¿Esto que significa? que puede ser vendido a un niño de 15 años sin la autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia.
Tampoco puedes venderle a un menor un coche, una casa. De hecho un menor no es responsable de sí mismo. Es lo que dice esa ley, no que puedas criar con tu perro.
Entiendo que esto a muchos de los que os autoproclamais como amantes de los animales os moleste, ya que a muchos os perjudicará en los chiringuitos de venta de animales, pero así es la ley.
Quizás te sorprenda saber que de todos los que hemos comentado, creo que ninguno somos criadores. Pero es una falacia ad hominem muy utilizada por aquí. Si me diesen un euro cada vez que me la dicen, me compraba el foro. Por alguna extraña razón, los que estamos en contra de la cría entre particulares por las consecuencias, ya no legales, si no morales que ello implica, es porque somos criadores y nos perjudica el negocio. Evidentemente, no puede ser porque estemos hartos de recoger camadas enteras de la calle, ni porque veamos cómo se destruyen las razas, ni porque consideremos que los regalos capricho tienden a terminar entre barrotes y condenados a muertes. No, es porque nos perjudica nuestro negocio imaginario.
Pero tu no requieres para conducir dicho vehículo a motor la misma licencia que un taxista, por ejemplo, el aparte de requerir Permiso de Conducción, necesita otro tipo de licencias aparte.
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Usuario Titulo: Problemon con la monta de mi perro(se niegan a darme mi parte correspondiente)

juaka

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Publicado: Friday 20 de April de 2012, 15:16
Joder a mi me pasa eso y aunque ahora me diran cosas,yo hiria a su casa y cojeria a los dos perros que te corresponde por cojones y si le tienes tienes que meterle le metes
Tu si que sabes macho, para decir eso, mejor no digas nada anda.
Lo que tu digas neng
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juaka

Antiguo Usuario
Publicado: Friday 20 de April de 2012, 15:16
Joder a mi me pasa eso y aunque ahora me diran cosas,yo hiria a su casa y cojeria a los dos perros que te corresponde por cojones y si le tienes tienes que meterle le metes
Tu si que sabes macho, para decir eso, mejor no digas nada anda.
Lo que tu digas neng
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JuanAmstaff

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JuanAmstaff
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Provincia: Cádiz
Publicado: Saturday 21 de April de 2012, 00:59
Bueno yo personalmente sobre la crianza de perros y todo ese tema de los "Junta-perros".. decir que si apoyo la cría de perros pero para una función o trabajo.. pienso que una persona si puede criar perros.. (digamos entre mestizos, sin fijarse en un standar ni cumpliendolo) con el fin de conseguir por ejemplo un perro mejor para la cazeria de conejos.. alomejor cruzando podencos con tekels.. que de hay sale el maneto.. siempre que tenga un fin en mejorar algo.. un trabajo, una función.. ya que es lo que se a echo toda la vida, y si no se hubieran cruzado perros.. no tendriamos las 400 razas aproximadamente que tenemos.. de lo que estoy en contra es de la cría de animales por estetica sin fijarse en los standars.. este tema es algo muy hablado en el foro.. y mas o menos esa es mi opinión..y volviendo al tema.. si tu cria no a sido para mejorarla.. (sino porque sois familia, colegas o simplemente gente que se aburre y tienes ganas de que su perro sea "papa".. vamos hay otro fallo de humanización de los perros.. má claro ni el agua..) pienso que no tienes nada que hacer si te la han jugado amigo.. a vase de golpes se aprende en esta vida.. no as criado de forma "legal" asín qué ajo y agua.
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Heleinne

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Heleinne
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Edad: 36 años
Provincia: Distrito Federal
Publicado: Saturday 21 de April de 2012, 10:32
Buenas tardes chicosNo estoy muy segura si este sera el sitio perfecto para abrir dicho tema, la verdad que estoy un poco desesperada y ya no se que hacerOs cuento mi problema.Yo tengo un macho de yorki y me presento un familiar a un amigo suyo que tenia una hembra, quedamos un par de veces para que los perros se conocieran y con la suerte que en una de las veces consiguió engancharse.Tras las primeras eco vimos que la hembra traía 6 cachorros, y de buena fe acordamos 3 y 3.Hemos seguido en un contacto continuo, una vez nacido los cachorros incluso yo he aportado dinero para la leche de las crias, no hace falta decir que al ser personas de confianza en ningún momento se dejo nada escrito.Y como de la noche a la mañana la dueña de la hembra cambio de opinión diciéndome que no me iba a dar nada mas que 2 y de los 2 paso a 1 y de 1 a ninguno. Ya que dice que voy a dar uno  a un familiar que vive en un pueblo y no es lugar para esta raza . ylos otro me los quedaría yo.El caso, es que ahora dice que no me da ninguno, y que si la llevo a juicio o denuncio va a decir que palabras textuales" mi perro violo a su perra en un parque..." la verdad que todo esto me supera y no se por donde cogerlo,,,, He llamado  y mi veterinario me dice que para el macho seria un cachorro pero al haber tenido mas de 5 me corresponderían 2.Por favor comentarme si os habéis encontrado en esta situación o sabéis de alguien que lo haya estado o simplemente que pasos habría que seguir.muchísimas graciasun saludo
Te vieron la cara   Supongo que es el karma.Saludos
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Silverfox

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Publicado: Saturday 21 de April de 2012, 17:18
¿Desde cuando un PARTICULAR es un cridero o establecimiento de venta de animales?
Desde el momento en el que cría. Su propio nombre lo indica.Otra cosa es que lo haga de forma legal o ilegal. Yo puedo conducir un coche con o sin licencia. En ambos casos, si mato a alguien, seré el "conductor" del vehículo.
Un particular NO tiene que abrir un criadero para criar con su animal domestico.
No tiene que montar una nave industrial, pero tiene que coger un afijo y las licencias correspondientes, como es el nucleo zoológico. De otro modo será un acto ilícito.
¿cuantos juicios han habido de personas particulares que han criado con sus animales domesticos y alguno no ha cumplido con las condiciones pactadas? MUCHOS, ¿por que? Por que es LEGAL..
Podrías citar las fuentes, por favor?
2. Se prohíbe:h) Venderlos a menores de catorce años y a incapacitados sin la autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia.¿Esto que significa? que puede ser vendido a un niño de 15 años sin la autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia.
Tampoco puedes venderle a un menor un coche, una casa. De hecho un menor no es responsable de sí mismo. Es lo que dice esa ley, no que puedas criar con tu perro.
Entiendo que esto a muchos de los que os autoproclamais como amantes de los animales os moleste, ya que a muchos os perjudicará en los chiringuitos de venta de animales, pero así es la ley.
Quizás te sorprenda saber que de todos los que hemos comentado, creo que ninguno somos criadores. Pero es una falacia ad hominem muy utilizada por aquí. Si me diesen un euro cada vez que me la dicen, me compraba el foro. Por alguna extraña razón, los que estamos en contra de la cría entre particulares por las consecuencias, ya no legales, si no morales que ello implica, es porque somos criadores y nos perjudica el negocio. Evidentemente, no puede ser porque estemos hartos de recoger camadas enteras de la calle, ni porque veamos cómo se destruyen las razas, ni porque consideremos que los regalos capricho tienden a terminar entre barrotes y condenados a muertes. No, es porque nos perjudica nuestro negocio imaginario.
Pero tu no requieres para conducir dicho vehículo a motor la misma licencia que un taxista, por ejemplo, el aparte de requerir Permiso de Conducción, necesita otro tipo de licencias aparte.
Qué tiene que ver?
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Usuario Titulo: Problemon con la monta de mi perro(se niegan a darme mi parte correspondiente)

Vanhelsing

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Vanhelsing
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Edad: 53 años
Provincia: Guadalajara
Publicado: Saturday 21 de April de 2012, 20:16
¿Desde cuando un PARTICULAR es un cridero o establecimiento de venta de animales?
Desde el momento en el que cría. Su propio nombre lo indica.Otra cosa es que lo haga de forma legal o ilegal. Yo puedo conducir un coche con o sin licencia. En ambos casos, si mato a alguien, seré el "conductor" del vehículo.
Un particular NO tiene que abrir un criadero para criar con su animal domestico.
No tiene que montar una nave industrial, pero tiene que coger un afijo y las licencias correspondientes, como es el nucleo zoológico. De otro modo será un acto ilícito.
¿cuantos juicios han habido de personas particulares que han criado con sus animales domesticos y alguno no ha cumplido con las condiciones pactadas? MUCHOS, ¿por que? Por que es LEGAL..
Podrías citar las fuentes, por favor?
2. Se prohíbe:h) Venderlos a menores de catorce años y a incapacitados sin la autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia.¿Esto que significa? que puede ser vendido a un niño de 15 años sin la autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia.
Tampoco puedes venderle a un menor un coche, una casa. De hecho un menor no es responsable de sí mismo. Es lo que dice esa ley, no que puedas criar con tu perro.
Entiendo que esto a muchos de los que os autoproclamais como amantes de los animales os moleste, ya que a muchos os perjudicará en los chiringuitos de venta de animales, pero así es la ley.
Quizás te sorprenda saber que de todos los que hemos comentado, creo que ninguno somos criadores. Pero es una falacia ad hominem muy utilizada por aquí. Si me diesen un euro cada vez que me la dicen, me compraba el foro. Por alguna extraña razón, los que estamos en contra de la cría entre particulares por las consecuencias, ya no legales, si no morales que ello implica, es porque somos criadores y nos perjudica el negocio. Evidentemente, no puede ser porque estemos hartos de recoger camadas enteras de la calle, ni porque veamos cómo se destruyen las razas, ni porque consideremos que los regalos capricho tienden a terminar entre barrotes y condenados a muertes. No, es porque nos perjudica nuestro negocio imaginario.
Pero tu no requieres para conducir dicho vehículo a motor la misma licencia que un taxista, por ejemplo, el aparte de requerir Permiso de Conducción, necesita otro tipo de licencias aparte.
Qué tiene que ver?
Tiene que ver, el particular para conducir un vehículo a motor, solo requiere un permiso, en cambio el profesional, requiere varios más, pero ambos pueden conducir vehículos a motor, es un simple ejemplo, nada más.
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